El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite el recurso de casación presentado por la empresa Desurcic contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en la que desestimaba su petición de obtener una indemnización por los daños provocados por la paralización definitiva de las obras del valle de Las Huertas en 2011. La empresa solicitaba al Ayuntamiento de Santa Cruz 43,9 millones de euros en concepto de lucro cesante, al no haber podido continuar con el proyecto. Con esta última decisión judicial se cierra definitivamente la puerta a este asunto, que impedía la toma de decisiones en el entorno, de forma que el futuro urbanístico de Las Huertas comienza a desenmarañarse después de años de continuos litigios entrelazados con el conocido caso Las Teresitas. La Gerencia Municipal de Urbanismo de Santa Cruz, contra la que Desurcic dirigía su reclamación, podrá ahora iniciar los trámites administrativos necesarios para desbloquear el planeamiento de los terrenos de la trasera de la playa de Las Teresitas.
La inadmisión a trámite del recurso de casación, tal y como se recoge en la providencia a la que ha tenido acceso Diario de Avisos, obedece a la “falta de fundamentación”, y ha determinado la imposición de 2.000 euros en costas procesales a la empresa. Tal y como explicó a este periódico el concejal de Urbanismo de Santa Cruz, Carlos Tarife, “estamos ante una muy buena noticia para la ciudad porque nos permite comenzar a dar los pasos necesarios para que empiece a verse la luz al final del túnel de la urbanización del Valle de las Huertas”.
Esa luz de la que habla Tarife, aunque reconoce que aún queda un largo camino por delante, supone que ya se puedan dar los primeros pasos para desbloquear la situación urbanística. Según explica “ahora podremos dirigirnos a la Junta de Compensación, que reúne a todos los propietarios de los terrenos, para que ejecuten el proyecto de urbanización del Valle de Las Huertas”. Una vez realizada esa comunicación, y respetando todos los plazos necesarios, “si no ejecutan el proyecto, entonces podrá entrar el Ayuntamiento a hacerlo de forma pública”.
La pretensión de Desurcic fue desestimada por el TSJC en marzo del año pasado, instancia a la que recurrió la empresa tras ser rechazada su reclamación por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Santa Cruz en 2019. El alto tribunal canario apoyó su decisión en que el proyecto de compensación aprobado en 1989 quedó anulado por sentencia firme de 13 de julio de 2007, sin que desde entonces se hubiera aprobado una nueva equidistribución de beneficios y cargas. Para la Sala, la ausencia de proyecto de compensación desde la fecha de comunicación de la sentencia fue determinante de la imposibilidad de continuar con las obras de urbanización.
A este respecto, señaló el TSJC en su momento que “a la ausencia de proyecto de compensación no es ajena a la apelante Desurcic, ya que es miembro de la Junta de Compensación, órgano encargado de elaborar dicho proyecto”.
Noticia publicada originalmente en Diario de Avisos
Imagen: Diario de Avisos